La industria de seguros está preparada

Ramón "Tonito" Zayas / El Nuevo Día

Ramón "Tonito" Zayas / El Nuevo Día

Por Marian Díaz / El Nuevo Día

El subcomisionado de Seguros, Rafael Cestero, habla de la tormenta Isaías, la temporada de huracanes y sobre las pólizas de condominio.

Las inundaciones que provocó la tormenta tropical Isaías a su paso por Puerto Rico y los daños ocasionados a residencias y comercios por la cantidad de lluvia recibida no pueden reclamarse al seguro de propiedad.

Esa fue una de las advertencias que hizo el subcomisionado de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), Rafael Cestero en entrevista con El Nuevo Día, al indicar que las inundaciones están excluidas de las pólizas de propiedad.

“Tienen que estar claros que la protección contra inundaciones no es una cubierta automática. Si quieren estar protegidos contra inundaciones, hay que comprar una póliza aparte. Ya hemos visto que un evento prácticamente con poco viento, como este, es capaz de provocar grandes inundaciones”, sostuvo el subcomisionado.

“Exhortamos a que los asegurados se comuniquen con su aseguradora y se aseguren de tener los límites adecuados”, expresó, al tiempo que indicó este es el momento de revisar las pólizas de seguro, antes de que un evento atmosférico mayor ocurra. Recordó que, por lo general, los mercados cierran cuando se avisa un evento climatológico y por lo tanto, ya sería tarde para protegerse contra los riesgos de huracán e inundaciones.

En cuanto a cuán preparadas están las compañías de seguros para esta nueva temporada de huracanes, tomando en cuenta que algunas todavía no han transado reclamaciones hechas en el 2017 a raíz del huracán María, Cestero aseguró que el sector está en mejor condición ahora que antes de María.

Todas las aseguradoras están solventes, según él, además han comprado reaseguro y cuentan con un plan de respuesta a eventos catastróficos, algo que no existía en el 2017 cuando azotó María.

“La OCS se ha encargado de mantener una comunicación activa y proactiva con el sector de reaseguros, en conjunto con las aseguradoras”, dijo Cestero, al señalar que las reaseguradoras han suscrito parte del riesgo de las compañías de seguro, aunque a una prima mayor que cuando el evento de María.

Sobre el plan para eventos catastróficos, explicó que ese plan  incluye detalles, tales como el tener cisternas y generadores eléctricos que permitan la continuidad de las operaciones, y también cómo harán para tener ajustadores suficientes contratados para procesar las reclamaciones durante la emergencia, entre otros datos.

“De María, todos aprendimos, incluyendo la Oficina (del Comisionado de Seguros). Se implementaron nuevas leyes y hasta formas de pago. Ahora se puede adelantar dinero al asegurado en aquellas partes de la reclamación donde no hay controversias”, aseveró. Y sobre las reclamaciones pendientes de pago desde el huracán María —muchas de las cuales están ante los tribunales—, Cestero dijo que dichas cuantías están contabilizadas en las reservas de cada aseguradora.

Aunque no ofreció cifras, las aseguradoras todavía adeudaban $2,500 millones a septiembre pasado, a agencias gubernamentales, empresas e individuos.

Reacción a demanda

De otro lado, hace ocho días un grupo de agentes de seguro radicó un pleito contra la OCS en el Tribunal de Primera Instancia por una nueva Carta Normativa, firmada por Cestero, relacionada con las pólizas de propiedad de condominios.

Los demandantes impugnaron la directriz que establece que, de ahora en adelante, los propietarios de apartamentos en los condominios no podrán suscribir pólizas “full value”, que son las que permiten incluir los bienes o elementos privativos de cada condómine en la póliza maestra o comunal. Ello implica que cada propietario deberá tasar su apartamento y comprar una póliza de propiedad aparte que esté a su nombre, además de pagar su parte correspondiente en la póliza del condominio, la cual protegerá solo las áreas o elementos comunes de la estructura. Este tipo de póliza es la que se conoce como “bare-wall” y según la OCS, será la única permitida en los condominios.

La nueva Carta Normativa CN2020-281-D, es efectiva desde hoy, sábado, tras Cestero haber aplazado su puesta en vigor un mes debido a la confusión que causó la directriz en la industria y entre los dueños de apartamentos en condominios.

“La Carta Normativa sigue vigente y entra en vigor el 1ro de agosto”, manifestó el subcomisionado, quien indicó que en su respuesta a la demanda, le pidió al Tribunal que deniegue la impugnación que hizo una ciudadana y el grupo de agentes de seguros. La respuesta la presentó Isaías Sánchez, procurador general de Justicia, a nombre de la OCS.

Cestero se reafirmó en que su Carta Normativa no es un nuevo reglamento, como alegan los demandantes, quienes sostienen que la directriz es nula porque no cumplió con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, que exige que la OCS notifique y escuche a todas las partes que se impactarían con el nuevo reglamento.

Sin embargo, el subcomisionado opinó que la Carta en cuestión “no es un reglamento, no estamos creando requisitos nuevos”. Señaló que su directriz reafirma lo que ya dice la Ley de Condominios y negó que la banca se afecte con la nueva normativa.

“La Asociación de Bancos está clara y aceptan la póliza ‘bare wall’ y que cada titular tenga su propia póliza para los elementos privativos de su apartamento”, manifestó, restándole importancia al argumento de los demandantes que señala que la banca estaría a riesgo, pues prestó dinero a esas propiedades en la confianza de que están aseguradas en una póliza, y ahora eso cambia.

En cuanto a la nueva legislación aprobada en la última sesión ordinaria, que enmienda la Ley de Condominios, Cestero señaló que “la nueva ley refuerza aún más el derecho de los titulares a escoger su seguro”.

Sin embargo, cuando se le insistió que a última hora se le agregó una oración al proyecto que dice que si existiera un reglamento federal o estatal que exija la póliza “full value” eso sería lo que predominaría, el subcomisionado respondió que “esa oración es inconsecuente porque ninguna agencia federal o estatal exigen eso”, aseguró.

Al cierre de esta edición el Tribunal de Apelaciones no se había expresado sobre el asunto. El abogado de los demandantes es Pedro Ortiz Álvarez. 

Nota publicada en El Nuevo Día, viernes, 31 de julio de 2020.  

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